INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO
INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO
El trámite de inscripción de matrimonio lo realiza solo el ciudadano/a croata, de manera presencial, en la Embajada de Croacia en Santiago de Chile o en las visitas consulares organizadas en aquellas ciudades donde Croacia tiene consulados honorarios: Antofagasta, Iquique y Punta Arenas en Chile; Guayaquil en Ecuador; Lima en Perú y Santa Cruz en Bolivia.
Los ciudadanos croatas están obligados a informar al organismo competente (Embajada de la República de Croacia) sobre cualquier cambio relativo a su estado civil o situación registral, a fin de que dicho cambio quede inscrito en el Registro Civil de la República de Croacia.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
**El formulario no se firma de antemano, sino en el momento de presentar la solicitud en la Embajada.**
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL A PRESENTAR SEGÚN EL CASO:
Solo los certificados y apostillas emitidos en extranjero (en español) deben ser traducidos al croata. Este servicio lo ofrecen los traductores públicos/intérpretes jurados de español en la República de Croacia (listado disponible en la página: https://e-oglasna.pravosudje.hr/sudski-tumaci
**Solo se recibirá documentación con traducciones hechas por traductores públicos/intérpretes jurados de español en la República de Croacia**
COPIAS:
Toda la documentación debe traerse con un expediente de copias simples.
ARANCELES CONSULARES (año 2026)
Los aranceles consulares serán determinados al momento de la revisión y presentación de la documentación, de acuerdo al Reglamento de Tasas consulares vigentes.
IMPORTANTE:
No pagar el arancel consular antes de iniciar el trámite en la Embajada.
El trámite de inscripción de matrimonio lo realiza solo el ciudadano/a croata, de manera presencial, en la Embajada de Croacia en Santiago de Chile o en las visitas consulares organizadas en aquellas ciudades donde Croacia tiene consulados honorarios: Antofagasta, Iquique y Punta Arenas en Chile; Guayaquil en Ecuador; Lima en Perú y Santa Cruz en Bolivia.
Los ciudadanos croatas están obligados a informar al organismo competente (Embajada de la República de Croacia) sobre cualquier cambio relativo a su estado civil o situación registral, a fin de que dicho cambio quede inscrito en el Registro Civil de la República de Croacia.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Formulario Inscripción de Matrimonio.
**El formulario no se firma de antemano, sino en el momento de presentar la solicitud en la Embajada.**
- Certificado de matrimonio apostillado y traducido; no mayor a 90 días, en original (emitido en el país donde se celebró el matrimonio).
- Documento de ciudadanía croata del solicitante: pasaporte croata, la resolución de ciudadanía croata (Rješenje) o Domovnica; original y fotocopia simple.
- Documentos de identidad o pasaportes extranjeros vigentes de los cónyuges; original y fotocopias simples.
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL A PRESENTAR SEGÚN EL CASO:
- Solicitante divorciado antes de la obtención de la ciudadanía croata: Si el solicitante se divorció antes de la obtención de la ciudadanía croata, debe presentar la sentencia en firme del divorvio y el certificado de matrimonio anterior, ambos debidamente apostillados y traducidos.
- Solicitante divorciado después de la obtención de la ciudadanía croata: Si el solicitante se divorció después de la obtención de la ciudadanía croata, no podrá realizar la solicitud en la Embajada. El solicitante debe homologar la sentencia en firme del divorcio directamente en los juzgados correspondientes en la República de Croacia (Este trámite no puede realizarse a través de la Embajada).
- Solicitante divorciado y casado nuevamente antes de la obtención de la ciudadanía croata: Si el solicitante se divorció y contrajo nuevamente matrimonio antes de la obtención de la ciudadanía croata, debe presentar la sentencia en firme del divorcio y el certificado de matrimonio anterior, ambos debidamente apostillados y traducidos.
- Solicitante viudo: Si el solicitante es viudo/a debe presentar el certificado de defunción del cónyuge y certificado de matrimonio, ambos debidamente apostillados y traducidos.
Solo los certificados y apostillas emitidos en extranjero (en español) deben ser traducidos al croata. Este servicio lo ofrecen los traductores públicos/intérpretes jurados de español en la República de Croacia (listado disponible en la página: https://e-oglasna.pravosudje.hr/sudski-tumaci
**Solo se recibirá documentación con traducciones hechas por traductores públicos/intérpretes jurados de español en la República de Croacia**
COPIAS:
Toda la documentación debe traerse con un expediente de copias simples.
ARANCELES CONSULARES (año 2026)
Los aranceles consulares serán determinados al momento de la revisión y presentación de la documentación, de acuerdo al Reglamento de Tasas consulares vigentes.
IMPORTANTE:
No pagar el arancel consular antes de iniciar el trámite en la Embajada.